Protección de datos para sanidad

Cumplimiento RGPD + LOPDGDD especializado en clínicas y consultas privadas.

En Ubimia Compliance te asignamos un Delegado de Protección de Datos que entiende cómo funciona una clínica. Mantenemos toda tu documentación actualizada, resolvemos posibles consultas e intervenimos ante la AEPD cuando es necesario.

Obligaciones clave en sanidad

En sanidad tratamos datos especialmente sensibles: historiales clínicos, diagnósticos, tratamientos, resultados de pruebas. El RGPD y la LOPDGDD obligan a proteger esta información con rigor.

Obligaciones principales:

Las sanciones más comunes en sanidad provienen de: envío de historiales sin cifrado, acceso indebido de empleados, ausencia de protocolos ante brechas, falta de análisis de riesgos. La mayoría se evitan con documentación correcta y protocolos actualizados.

Obtener consentimiento informado válido

Garantizar confidencialidad del historial clínico

Mantener un Registro de Actividades de Tratamiento

Firmar contratos con laboratorios y proveedores

Implantar medidas técnicas (control de accesos, cifrado, backups)

¿Por qué es obligatorio el RGPD en sanidad?

Cualquier clínica que trate datos de salud está obligada a cumplir RGPD y LOPDGDD. La ley considera los datos médicos de especial protección. Eso quiere decir que hay vigilancia más estricta que en otros sectores.

Dependiendo del volumen de pacientes y la estructura de tu clínica, además es obligatorio designar un Delegado de protección de datos.

Especialistas en sanidad

Más de 200 clínicas y consultas privadas de toda España confían en Ubimia Compliance para su protección de datos. Conocemos cómo funciona el día a día en sanidad: desde la gestión de citas hasta el manejo de historiales sensibles.

 

200+

clientes en sanidad

15+

años de experiencia

0

sanciones a nuestros cliente

¿Qué puede ocurrir si una clínica no cumple con la normativa?

Causas más comunes de sanciones

Lo importante

La mayoría de estas sanciones se evitan con documentación correcta y protocolos actualizados. No son costosas de prevenir. El costo está en no hacerlo.

Es habitual ver sanciones de 10.000 €, 30.000 € o 60.000 € por incumplimientos que podrían haberse evitado con una correcta supervisión.

¿Cómo te ayudamos?​

En ubimia® compliance te asignamos un Delegado de protección de datos que se encarga de mantener tu cumplimiento al día. Con respaldo legal todo el año.

Asignamos un DPD especializado en sanidad

Mantenemos toda tu documentación RGPD actualizada

Resolvemos consultas en menos de 48 horas

Intervenimos ante notificaciones o inspecciones de la AEPD

Gestionamos incidentes: brechas, reclamaciones de pacientes, etc.

01.

Asignamos un DPD especializado en sanidad

02.

Mantenemos toda tu documentación RGPD actualizada

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Resolvemos consultas en menos de 48 horas

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Intervenimos ante notificaciones o inspecciones de la AEPD

04.

Gestionamos incidentes: brechas, reclamaciones de pacientes, etc.

El proceso

1. Análisis inicial

Hacemos una auditoria para evaluar cómo se tratan los datos de salud en tu centro y posibles riesgos que se deban corregir.

2. Implementación personalizada

Adaptamos la normativa a tu operativa diaria. Te asignamos un DPD que coordina toda la documentación, contratos con terceros y protocolos ante brechas.

3. Acompañamiento constante

Durante todo el año: resolvemos dudas, actualizamos documentación, y estamos contigo si algo ocurre (inspección, reclamación, brecha).

Por qué confían en nosotros en sanidad

DPD

Certificados y especializados en sanidad

<24h

Respuesta ante cualquier incidencia o duda

100%

Protección de datos según tu especialidad sanitaria

Cada actividad asistencial implica obligaciones distintas en el tratamiento de datos de salud.

Protección de datos para clínicas dentales

Puntos específicos: radiografías, ortopantomografías, financiación, menores.

Protección de datos para fisioterapeutas

Historia clínica simplificada, mutuas, tratamientos continuados.

Protección de datos para psicólogos

Datos de salud mental → especial sensibilidad.

Protección de datos para centros de estética y medicina estética

Fotografías antes/después, consentimiento de imagen.

¿Cómo trabajamos con clínicas y profesionales sanitarios?

Con ubimia® compliance no solo cumples. Tienes respaldo legal todo el año.

Nuestro servicio es anual.

No es una entrega puntual de documentación.

Situaciones frecuentes que resolvemos

Un paciente solicita copia completa de su historial.

Un exempleado accede a datos sin autorización.

Una clínica sufre un ataque ransomware.

Una inspección sorpresa de la AEPD.

Asumimos la interlocución técnica y legal, revisamos la documentación y te indicamos los pasos exactos a seguir.

¿Quieres saber si tu clínica cumple realmente?

Te hacemos un análisis gratuito. En 15 minutos te decimos si estás en riesgo, qué está bien y qué necesitas corregir ahora.

La protección de datos requiere gestión especializada y supervisión continua.

Analizamos tu situación actual y te indicamos, con criterio jurídico, qué necesita tu empresa para cumplir con el RGPD de forma estructurada y sostenible.

Solicita una revisión inicial con nuestro equipo.

FAQS

El RGPD es la norma europea general de protección de datos. La LOPDGDD es la ley española que lo adapta y añade obligaciones extra para datos de salud. Las principales diferencias en sanidad: (1) RGPD requiere «consentimiento», LOPDGDD en España requiere «consentimiento EXPRESO» para datos de salud (más exigente). (2) RGPD habla de «datos personales», LOPDGDD en sanidad habla de «datos especialmente sensibles» con protección máxima. (3) RGPD obliga a notificar brechas a la AEPD en 72h, pero LOPDGDD añade que debes comunicar también al paciente sin demora. En resumen: en sanidad aplican AMBAS leyes y la LOPDGDD es más exigente en cada aspecto.
En RGPD, los datos de sanidad son «categoría especial» (máxima protección). Esto significa: (1) Consentimiento EXPLÍCITO y por escrito (no implícito, no verbal). (2) No puedes compartir historiales sin consentimiento específico (ni con familia, ni con otros médicos sin autorización). (3) Obligatorias máximas medidas técnicas (cifrado obligatorio, acceso limitado por empleado). (4) Obligatorio notificar CUALQUIER brecha en 72h (otros sectores solo si hay «riesgo alto»). En retail o hostelería el nivel de protección es más bajo. En sanidad, Google y las autoridades esperan máxima protección. Una brecha sin cifrado en datos clínicos = sanción casi segura.
 
 
El consentimiento informado es médico-legal (derecho del paciente a saber qué se le hace). RGPD es protección de datos. AMBOS aplican, no son lo mismo. Operativamente: (1) Explicas el tratamiento médico al paciente = consentimiento clínico. (2) Le dices cómo usas sus datos (historial, seguimiento, derivación a especialistas) = consentimiento RGPD. (3) Deben estar en dos documentos separados o uno muy claro distinguiendo ambas secciones. Muchas clínicas los mezclan en uno = riesgo legal. El consentimiento clínico puede ser verbal, el de RGPD debe ser escrito. Si el paciente rechaza el RGPD, tú puedes atenderlo médicamente (consentimiento clínico es válido), pero no puedes guardar datos más allá de lo clínicamente necesario.