Cumple con el RGPD en tu clínica. Los historiales de tus pacientes, protegidos durante todo el año.

Te asignamos un Delegado de protección de datos especializado en sanidad. Mantenemos la documentación actualizada, resolvemos consultas en 48 horas e intervenimos ante la AEPD cuando es necesario.

Si tienes una clínica o consulta sanitaria, esto te afecta directamente:

Guardas historiales médicos.

Gestionas consentimientos informados.

Tienes cámaras en recepción.

Trabajas con aseguradoras.

Gestionas citas online.

Tienes empleados con acceso a datos.

Tu actividad requiere cumplimiento específico en protección de datos. La ley te obliga.

¿Por qué es obligatorio el RGPD en sanidad?

Cualquier clínica que trate datos de salud está obligada a cumplir RGPD y LOPDGDD. La ley considera los datos médicos de especial protección. Eso quiere decir que hay vigilancia más estricta que en otros sectores.

Dependiendo del volumen de pacientes y la estructura de tu clínica, además es obligatorio designar un Delegado de protección de datos.

¿Qué tienes que hacer?

Obligaciones principales en el sector sanitario

1. Obtener consentimiento informado válido.

2. Garantizar confidencialidad del historial clínico.

3. Mantener un Registro de Actividades de Tratamiento.

4. Firmar contratos con laboratorios y proveedores.

5. Implantar medidas técnicas (control de accesos, cifrado, backups).

6. Gestionar correctamente los derechos de los pacientes.

7. Evaluar riesgos y realizar análisis de impacto si es necesario

¿Qué puede ocurrir si una clínica no cumple con la normativa?

Causas más comunes de sanciones

Lo importante

La mayoría de estas sanciones se evitan con documentación correcta y protocolos actualizados. No son costosas de prevenir. El costo está en no hacerlo.

Es habitual ver sanciones de 10.000 €, 30.000 € o 60.000 € por incumplimientos que podrían haberse evitado con una correcta supervisión.

¿Cómo trabajamos con clínicas y profesionales sanitarios?​

En ubimia® compliance te asignamos un Delegado de protección de datos que se encarga de mantener tu cumplimiento al día. Con respaldo legal todo el año.

Mantenemos la documentación de RGPD actualizada

Intervenimos ante notificaciones o inspecciones de la AEPD

Elaboramos y revisamos análisis de riesgos

Redactamos contratos con terceros y proveedores

Diseñamos protocolos ante brechas de seguridad

Resolvemos consultas en menos de 48 horas

Protección de datos según tu especialidad sanitaria

Cada actividad asistencial trata datos de salud de especial protección e implica obligaciones distintas en su tratamiento.

Hospitales y clínicas médicas

Clínicas dentales

Psicólogos y psiquiatras

Fisioterapeutas

Ópticas y centros oftalmológicos

Laboratorios y análisis clínicos

Centros de nutrición

Medicina estética y centros de belleza

Protección de datos según tu especialidad sanitaria

Cada actividad asistencial implica obligaciones distintas en el tratamiento de datos de salud.

Protección de datos para clínicas dentales

Puntos específicos: radiografías, ortopantomografías, financiación, menores.

Protección de datos para fisioterapeutas

Historia clínica simplificada, mutuas, tratamientos continuados.

Protección de datos para psicólogos

Datos de salud mental → especial sensibilidad.

Protección de datos para centros de estética y medicina estética

Fotografías antes/después, consentimiento de imagen.

¿Cómo trabajamos con clínicas y profesionales sanitarios?

Con ubimia® compliance no solo cumples. Tienes respaldo legal todo el año.

Nuestro servicio es anual.

No es una entrega puntual de documentación.

Situaciones frecuentes que resolvemos

Un paciente solicita copia completa de su historial.

Un exempleado accede a datos sin autorización.

Una clínica sufre un ataque ransomware.

Una inspección sorpresa de la AEPD.

Asumimos la interlocución técnica y legal, revisamos la documentación y te indicamos los pasos exactos a seguir.

¿Necesitas saber si tu clínica cumple realmente con la normativa de protección de datos?

Te hacemos un análisis gratuito. En 15 minutos te decimos si estás en riesgo, qué está bien y qué necesitas corregir ahora.

La protección de datos requiere gestión especializada y supervisión continua.

Analizamos tu situación actual y te indicamos, con criterio jurídico, qué necesita tu empresa para cumplir con el RGPD de forma estructurada y sostenible.

Solicita una revisión inicial con nuestro equipo.

FAQS

No en todos los casos, pero en muchos sí.

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) exige designar un Delegado de Protección de Datos (DPD) cuando el tratamiento de datos implique una observación habitual y sistemática de interesados a gran escala o el tratamiento de categorías especiales de datos también a gran escala.

En el sector sanitario, al tratarse de datos de salud —considerados categoría especial— puede ser obligatorio dependiendo del volumen de pacientes, el tipo de centro y la estructura organizativa. Además, la

normativa española y los criterios de la AEPD amplían en ciertos supuestos esta obligación.

Por ello, es recomendable analizar cada caso concreto antes de determinar si la designación es obligatoria.

La conservación de historias clínicas no depende únicamente del RGPD, sino también de la normativa sanitaria.

Con carácter general, la Ley 41/2002 establece que la documentación clínica debe conservarse, al menos, durante cinco años desde la fecha de alta de cada proceso asistencial, sin perjuicio de que la normativa autonómica pueda ampliar ese plazo.

Desde el punto de vista de protección de datos, los historiales deben conservarse durante el tiempo necesario para cumplir obligaciones legales y posibles responsabilidades derivadas de la asistencia sanitaria, aplicando medidas de seguridad reforzadas durante todo el periodo de conservación.

Con carácter general, no.

El acceso a datos de salud está limitado al propio paciente y al personal sanitario autorizado. Un familiar solo puede acceder si:

  • El paciente ha otorgado autorización expresa.
  • Existe una situación legal que lo justifique (por ejemplo, incapacidad legal).
  • Se trata de un fallecido y se cumplen los requisitos establecidos por la normativa.

Facilitar información médica sin base jurídica puede constituir una infracción grave del RGPD.

Si descubres un acceso no autorizado, pérdida de datos, ransomware, o cualquier incidente de seguridad:

 

  • Identifica y contén el incidente.
  • Evalúa el riesgo para los derechos y libertades de los pacientes.
  • Notifica a la AEPD en un plazo máximo de 72 horas si existe riesgo.
  • Informa a los afectados cuando el riesgo sea alto.
  • Documenta el incidente y las medidas adoptadas.

 

No actuar correctamente ante una brecha puede agravar la responsabilidad y aumentar la posible sanción.

Si un paciente presenta una reclamación, la AEPD puede iniciar un procedimiento de investigación.

En ese caso, la clínica deberá:

  • Aportar documentación que acredite el cumplimiento del RGPD.
  • Justificar las medidas técnicas y organizativas implantadas.
  • Responder dentro de los plazos establecidos.

Si no se puede demostrar cumplimiento, pueden imponerse sanciones económicas. En el sector sanitario, muchas sanciones no se deben a una mala intención, sino a la falta de documentación adecuada o de protocolos actualizados.

Contar con asesoramiento especializado facilita la gestión de este tipo de procedimientos.