DPD interno vs externo: ¿Cuál es la mejor opción para tu empresa?

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Cuando una empresa sabe que necesita un DPD —o que podría necesitarlo—, la primera pregunta suele ser la misma: ¿lo contratamos como empleado o buscamos un servicio externo? Ambas opciones son válidas legalmente, pero para la mayoría de las pymes españolas la respuesta es clara. Esta guía te explica por qué.

¿No sabes si tu empresa necesita un DPD? Consulta nuestro servicio: Protección de datos para empresas

1. DPD interno: qué implica y para quién tiene sentido

Un DPD interno es un empleado de la empresa cuya función principal es ejercer como Delegado de Protección de Datos. Es la opción que tienen las grandes organizaciones: hospitales, administraciones públicas, grupos empresariales con millones de registros o sectores con tratamiento masivo de datos sensibles.

Pero ser DPD interno no es sencillo. El RGPD establece requisitos muy concretos:

  • Debe tener formación especializada en derecho y práctica de protección de datos.
  • Debe actuar con independencia: no puede tener un puesto que genere conflicto de interés. No puede ser el director de IT, el responsable de RRHH ni el asesor legal que toma decisiones sobre el tratamiento.
  • Debe tener acceso directo a la alta dirección.
  • Debe disponer de los recursos necesarios para desempeñar su función.

Traducido a cifras: contratar a un DPD interno con la cualificación necesaria implica una persona senior con formación certificada. Salario más costes sociales: entre 40.000 y 70.000 € anuales según el perfil y el tamaño de la empresa. Para una pyme de 50 empleados, eso es difícil de justificar.

2. DPD externo: qué incluye y cuáles son sus ventajas

Un servicio de DPD externalizado es un contrato con una empresa o profesional especializado que actúa como DPD de tu empresa ante la AEPD. Tú eres el responsable del tratamiento —eso no cambia—, pero cumples la obligación legal de nombrar a un DPD y tienes cobertura real cuando la necesitas.

Un servicio de DPD externalizado serio incluye:

  • Inscripción y comunicación del DPD ante la AEPD.
  • Auditoría inicial del estado de cumplimiento.
  • Revisión y actualización de la documentación obligatoria (registro de actividades, contratos de encargado de tratamiento, cláusulas informativas).
  • Canal de consultas para responder dudas del equipo.
  • Atención a los derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, etc.).
  • Gestión de brechas de seguridad: notificación a la AEPD en menos de 72 horas cuando es obligatorio.
  • Interlocución con la AEPD en caso de inspección o reclamación.
  • Formación anual al equipo.

Lo que marca la diferencia frente a los servicios de documentación barata: el DPD actúa cuando pasa algo. No solo entrega papeles.

3. Comparativa directa: coste, disponibilidad y especialización

Para que la decisión sea sencilla, aquí tienes los factores clave comparados:

FactorDPD internoDPD externo
Coste anual aproximado40.000–70.000 € (salario + SS)150–400 € (suscripción anual)
DisponibilidadHorario laboralContinua (brechas en 72h)
EspecializaciónRequiere formación continuaEquipo dedicado, siempre actualizado
Riesgo de conflicto de interésAlto si combina funcionesNinguno (independiente)
Cobertura ante la AEPDSolo el empleadoEquipo jurídico especializado

4. El caso típico de la pyme española

La mayoría de las empresas españolas tienen entre 10 y 200 empleados. Para ellas, contratar a un DPD a tiempo completo no tiene sentido económico ni práctico. El coste es desproporcionado, y encontrar a alguien con la formación adecuada que además no ocupe un cargo incompatible es complicado.

La situación más habitual que vemos es esta: la empresa nombra internamente a alguien de administración o de IT para «llevar la protección de datos». Esa persona hace lo que puede, pero no tiene la formación específica, no está inscrita como DPD ante la AEPD y, cuando llega un incidente real, la empresa está sola.

El DPD externalizado resuelve exactamente eso: cumple la obligación legal, aporta experiencia real y está disponible cuando se necesita —no solo cuando el empleado está en la oficina.

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5. Cómo funciona el servicio de DPD externalizado en la práctica

El proceso desde que una empresa contrata el servicio hasta que está cubierta es más simple de lo que parece:

  • Inscripción ante la AEPD. El DPD queda registrado y disponible públicamente como tu delegado.
  • Auditoría de situación. Revisamos qué tienes, qué falta y cuál es la prioridad.
  • Puesta al día documental. Actualizamos o creamos el registro de actividades, los contratos con encargados de tratamiento, las cláusulas informativas y la política de privacidad.
  • Canal de consultas activo. Cualquier duda de tu equipo tiene respuesta en el mismo día.
  • Gestión de incidentes. Cuando ocurre una brecha, una inspección o una reclamación de un interesado, actuamos directamente.
  • Revisión anual. Las regulaciones cambian. El servicio incluye mantener tu documentación actualizada.

El resultado: una empresa que cumple de verdad, con cobertura real, sin tener que construir esa capacidad internamente.

Si tu empresa necesita DPD obligatoriamente, consulta: ¿Cuándo es obligatorio tener un DPD?

Para decidir bien antes de contratar, te puede ayudar: Cómo contratar un DPD: guía para elegir bien

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